Gestión y franquicia
Gestión, franquicia o arrendamiento: cada modelo reparte el riesgo de forma distinta
Negociamos contratos de gestión, franquicia y arrendamiento hotelero entre propietarios, operadores y marcas.
+15 años asesorando a la distribución turística. Asesoría legal y fiscal para hoteles: gestión y franquicia, distribución, venta directa, datos de huéspedes, normativa turística y fiscalidad.
Gestión, franquicia o arrendamiento: cada modelo reparte el riesgo de forma distinta
Negociamos contratos de gestión, franquicia y arrendamiento hotelero entre propietarios, operadores y marcas.
Dependes de OTAs, bedbanks y touroperadores con contratos que te imponen
Contratos con OTAs, bedbanks y touroperadores: comisiones, paridad, cupos, release y cancelaciones.
Garantía de mejor precio, fidelización y tarifas no reembolsables en tu web
Condiciones de reserva, garantía de mejor precio, programas de fidelización y transparencia de precios.
Overbooking, reseñas y quejas que llegan a consumo o al juzgado
Protocolos de reubicación, respuesta a reclamaciones y defensa ante consumo, arbitraje y tribunales.
Licencias, categorías y normativa que cambian en cada destino
Licencias de actividad, clasificación hotelera, impuestos turísticos y normativa de cada comunidad autónoma o país.
Registro de viajeros, cámaras y CRM con datos de miles de huéspedes
RGPD hotelero: registro documental de viajeros, videovigilancia, marketing y datos compartidos con la marca.
IVA del alojamiento, tasas turísticas y tributos sobre el inmueble
IVA del alojamiento y de los servicios complementarios, impuestos turísticos e impuestos locales del hotel.
Compras, ventas y sale & leaseback con fuerte impacto fiscal
Due diligence, estructuración fiscal de la inversión y operaciones de compraventa o sale & leaseback.
Venimos de la distribución turística: sabemos cómo negocian con un hotel las OTAs, los bedbanks y los touroperadores, y usamos ese conocimiento para defender tus márgenes y tu venta directa.
Un contrato con una OTA o un touroperador, las condiciones de tu web o una duda sobre el registro de viajeros.
Contrato de gestión o franquicia, auditoría RGPD del hotel o compraventa de un activo.
Trabajamos como tu departamento legal: con dirección, revenue y comercial, todo el año.
Trabajar con MYLEGALINBOX es contar con un equipo cercano, resolutivo y con un profundo conocimiento de toda la cadena de valor del sector turístico. Entienden perfectamente nuestro negocio y sus particularidades, especialmente en cuestiones complejas como los acuerdos con plataformas de pago y distribución. Su enfoque práctico, experiencia y capacidad para encontrar soluciones aportan una gran tranquilidad y confianza.
Fernando FortezaDirector Legal, W2M – World2Meet
En el arrendamiento, el operador paga una renta al propietario y asume el riesgo del negocio. En el contrato de gestión, el operador gestiona el hotel por cuenta del propietario a cambio de honorarios, y el riesgo del negocio es del propietario. En la franquicia, se explota el hotel con la marca y los sistemas del franquiciador a cambio de cánones.
Las cláusulas de paridad han sido muy analizadas por las autoridades de competencia europeas. Booking.com, designada guardián de acceso del Reglamento de Mercados Digitales en mayo de 2024, no puede impedir que los hoteles ofrezcan mejores condiciones en otros canales, incluida su propia web. Para otras plataformas, la validez depende del alcance de la cláusula y del país.
Los establecimientos de alojamiento deben registrar y comunicar al Ministerio del Interior los datos de los viajeros y de la transacción que fija el Real Decreto 933/2021. Esos datos se tratan conforme al RGPD: solo para esa finalidad, con medidas de seguridad y durante el plazo previsto.
Con carácter general, el tipo reducido del 10 %. Otros servicios del hotel pueden tributar a tipos distintos, y algunas comunidades autónomas aplican además un impuesto turístico por estancia.
Sí. Tenemos clientes en Europa, Norteamérica, Latinoamérica, Oriente Medio y Asia-Pacífico. Negociamos contratos multijurisdiccionales y coordinamos con abogados locales cuando la normativa de cada país lo exige.
Debe notificarla a la autoridad de control, en España la AEPD, en un máximo de 72 horas desde que tenga constancia, salvo que sea improbable que suponga un riesgo para las personas (artículo 33 del RGPD). Si el riesgo es alto, también debe comunicarla sin dilación a los afectados (artículo 34). Todas las brechas deben documentarse internamente.
30 minutos con el equipo para ver riesgos y prioridades.
O, si lo prefieres, escríbenos y nos pondremos en contacto contigo.
information@mylegalinbox.com