Condiciones de reserva para OTAs
Vendes en muchos mercados con unas condiciones que no aguantan en todos
Condiciones generales y de reserva multimercado, adaptadas a la normativa de consumo de cada país donde vendes.
+15 años asesorando a la distribución turística. Asesoría legal y fiscal para OTAs: condiciones de reserva, viajes combinados, consumo, protección de datos, IVA (REAV) y fiscalidad internacional.
Vendes en muchos mercados con unas condiciones que no aguantan en todos
Condiciones generales y de reserva multimercado, adaptadas a la normativa de consumo de cada país donde vendes.
Un vuelo + hotel puede convertirte en organizador sin saberlo
Revisamos tu flujo de reserva frente a la Directiva (UE) 2015/2302: cuándo eres organizador, cuándo servicio vinculado y qué debes informar.
Cancelaciones, reembolsos y reclamaciones que se comen el margen
Protocolos de reembolso, reparto de responsabilidad con proveedores y defensa ante consumo, arbitraje y juzgados.
Dependes de bedbanks, GDS y APIs con contratos que no negociaste
Negociamos distribución y conectividad: SLA, paridad, responsabilidad, uso de datos y salida del contrato.
Precios, rankings y reseñas bajo la lupa de consumo
Revisamos la transparencia de precios, rankings y reseñas según la Directiva Ómnibus y el Reglamento de Servicios Digitales.
Millones de datos de viajeros, cookies y transferencias fuera de la UE
RGPD de punta a punta: DPO externo, cookies, transferencias internacionales y registro de viajeros.
¿REAV o régimen general? Un error de IVA se multiplica por tu volumen
Definimos tu modelo (agencia o principal) y su IVA: REAV, lugar de prestación y facturación.
Creces en otros países y la estructura fiscal no acompaña
Establecimiento permanente, precios de transferencia e impuesto sobre servicios digitales, revisados antes de que llegue una inspección.
Hemos trabajado dentro de la distribución turística. Empezamos por cómo reservas, cobras y te relacionas con proveedores, y a partir de ahí ajustamos contratos, textos y estructura fiscal.
Un contrato con un proveedor, unas condiciones de reserva o una duda de IVA antes de lanzar.
Entrada en un nuevo mercado, auditoría de consumo y RGPD, o reestructuración del modelo fiscal.
Trabajamos como tu departamento legal: en tus canales, con negocio y producto, todo el año.
«He trabajado directamente con Borja durante más de 5 años, tanto como abogado interno como externo (ahora con Mylegalinbox). Durante todo este tiempo, lo considero un verdadero asesor, ya que su conocimiento jurídico es excelente, pero aún más importante para mí, es su profundo nivel de comprensión de nuestro negocio, nuestra industria y una clara conciencia de lo que queremos lograr de una manera transparente, legal y conforme. Sus consejos y su comportamiento son siempre amables, útiles y expertos, pero siempre ofrece alternativas que se adaptan al negocio y a su objetivo. No dudaría en recomendar sus servicios a cualquiera que busque el mejor socio legal.»
Gerardo del RíoVicepresidente, TBO.com
Depende de cómo se combinan y venden los servicios. Con la Directiva (UE) 2015/2302, si la OTA combina, por ejemplo, vuelo y alojamiento para un mismo viaje y lo vende a un precio global o en un único proceso de reserva, puede ser organizadora y responder de la ejecución de todo el viaje. Si solo facilita servicios de viaje vinculados, sus obligaciones son más limitadas.
Depende del modelo de negocio. Si la OTA actúa en nombre propio, comprando y revendiendo servicios de viaje, suele aplicar el régimen especial de las agencias de viajes (REAV). Si actúa como mediadora en nombre y por cuenta de terceros, tributa por su comisión en el régimen general.
Las del RGPD: base legal e información a los viajeros, contratos con encargados (GDS, bedbanks, proveedores tecnológicos), garantías para transferencias internacionales y consentimiento para cookies. En España se suman, cuando aplican, las obligaciones de registro documental de viajeros.
Sí. Tenemos clientes en Europa, Norteamérica, Latinoamérica, Oriente Medio y Asia-Pacífico. Negociamos contratos multijurisdiccionales y coordinamos con abogados locales cuando la normativa de cada país lo exige.
De tres formas: revisión puntual (un contrato o unas condiciones), proyecto cerrado (entrada en un mercado, auditoría o modelo fiscal) o como equipo legal in-house durante todo el año.
Sí. Si en tu web el viajero combina servicios para el mismo viaje, como vuelo y hotel, en un mismo proceso de reserva o a precio global, puedes ser organizador de un viaje combinado, con todas sus obligaciones. La nueva Directiva (UE) 2026/1024 amplía además los supuestos, por ejemplo cuando se transmiten los datos del viajero a otro empresario y el segundo contrato se celebra en 24 horas. Hay que revisar el flujo de reserva paso a paso.
Depende de su tamaño. La Ley 10/2025 se aplica a las empresas de servicios básicos, como el transporte de viajeros, y al resto de empresas que se dirigen a consumidores si, a nivel de grupo, tienen al menos 250 trabajadores, más de 50 millones de euros de volumen de negocio o más de 43 millones de balance. Entró en vigor el 28 de diciembre de 2025 y da doce meses para adaptarse.
Como borrador, sí; como texto definitivo, no sin revisión. Suelen mezclar normativas de varios países, omitir la información precontractual obligatoria de los viajes combinados o incluir cláusulas que la normativa de consumo considera abusivas, y que se tienen por no puestas. Hay que adaptarlas a tu modelo de negocio.
30 minutos con el equipo para ver riesgos y prioridades.
O, si lo prefieres, escríbenos y nos pondremos en contacto contigo.
information@mylegalinbox.com